Es responsabilidad exclusiva del pasajero identificar y conseguir todos los documentos de viaje necesarios para toda la duración del crucero y tenerlos a mano cuando sean necesarios. Consulta con tu agencia de viajes, organismo gubernamental, embajada o consulado y asegúrate de que tienes toda la documentación necesaria para embarcar y entrar en todos los países visitados durante el crucero. Todo pasajero que no posea la documentación de viaje necesaria verá denegado su acceso a bordo. Las restricciones para viajar a cada país de destino pueden variar según la nacionalidad del
pasajero. No se realizará ningún reembolso a las personas que no presenten la documentación adecuada.
Puertos del Área Schengen
Por favor, consulta el itinerario de tu crucero. Para cruceros en el área de Schengen, los pasajeros de la Unión Europea necesitarán un pasaporte válido o el documento de identidad. Todos los demás pasajeros necesitarán pasaporte y/o visado de entrada Schengen o un Permiso de Residencia expedido por cualquier país de la Unión Europea o del Tratado Schengen. Los Permisos de Residencia en trámites de renovación no se considerarán válidos para viajar al extranjero. Para cruceros que incluyen uno o más puertos no Schengen, es necesario el pasaporte y visado de entrada múltiple, a menos que se indique expresamente.
Tunéz:
Los pasajeros con nacionalidad de un país de la Unión Europea o Schengen pueden embarcarse con el documento de identidad valido para pasajeros en transito o para excursiones en tierra. Los pasajeros provenientes de un país no Schengen necesitan un pasaporte con una validez minima de tres meses.
1. Estados Unidos:
Los pasajeros internacionales que viajen a Estados Unidos están supeditados a mayores requisitos de seguridad, por lo tanto cualquier información incorrecta o la imposibilidad de presentar algún documento obligatorio, puede ser causa denegación de embarque. Todos los pasajeros que deseen viajar a EE.UU. por vía aérea o marítima deben rellenar todos los documentos con los debidos Visados o la autorización ESTA. Todos los pasajeros bajo el Programa de Exención de Visados (Visa Waiver Program, VWP) deben obtener una autorización de viaje electrónica antes del embarque con el transportista (ESTA). La validez de la autorización ESTA debe ser revisada meticulosamente (es válida durante 2 años desde su expedición). En caso de que se renueve o duplique el pasaporte, una nueva autorización ESTA es necesaria. En todos los casos, una copia de la autorización ESTA o un visado de EE.UU. debe ser presentado en el momento de embarque para asegurarse un embarque rápido. Para comprobar qué países participan en Programa de Exención de Visados (VWP) y para más información, por favor consulta este
enlace. Todos los otros pasajeros, deben comprobar la información con su Consulado o Embajada.
A partir del 21 de enero de 2016, el Gobierno de Estados Unidos ha extremado las restricciones para solicitar el ESTA y el Visado, a quién haya visitado Irán, Iraq, Sudan y Siria después de marzo de 2011.
Para más información, os invitamos a leer la nota de prensa oficial del Departamento de Estado de EE.UU, haciendo
click aquí (disponible sólo en inglés).
2. Egipto, Marruecos y Gibraltar: Para los menores que viajen a estos países, deberán tener en cuenta que el “Certificado de nacimiento con autenticación de viaje al extranjero” y el “Certificado de identidad para niños” ya no se consideran válidos. Por lo tanto, los menores de 15 años de edad deben:
- disponer de su propio pasaporte, o bien
- disponer de otro documento de identidad válido para viajar al extranjero.
3. Mozambique
Los pasajeros deben disponer de un pasaporte válido, cuya fecha de caducidad sea al menos 6 meses posterior a la fecha de regreso; y un visado específico, que se puede conseguir fácilmente a bordo de nuestros barcos a un precio aproximado de 30,00 USD, variable en función de la tasa de cambio y de impuestos locales.
4. Embarque en Emiratos Árabes Unidos (EAU) Dubái / Abu Dhabi:
Los siguientes datos se refieren a cruceros desde, hacia o por los Emiratos Árabes y en tránsito en Omán, Bahréin y Qatar. Todos los pasaportes deben ser válidos durante al menos 6 meses antes de la llegada. (Por favor, consulta los procedimientos de tu país para más información).
Los pasajeros con pasaporte de los siguientes países no necesitan un visado antes de la llegada a Dubái / Abu Dhabi o los Emiratos Árabes Unidos.
Europa: Francia, Italia, Alemania, Holanda, Bélgica, Luxemburgo, Suiza, Austria, Suecia, Noruega, Dinamarca, Portugal, Irlanda, Grecia, Finlandia, España, Mónaco, Ciudad del Vaticano, Islandia, Andorra, San Marino, Liechtenstein, Reino Unido, Eslovenia, República Checa, Hungría, Estonia, Chipre, Rumanía, Polonia, Eslovaquia, Lituania, Letonia, Malta, Croacia, Bulgaria.
Norte America: EEUU, Canadá
Costa del Pacífico: Australia, Nueva Zelanda, Japón, Brunei, Hong Kong (China), China (península) Singapur, Malasia, Corea del Sur
Atención: los pasajeros con pasaporte de los países que no sean los mencionados anteriormente, necesitan un visado pre-emitido por los Emiratos Árabes Unidos, teniendo en cuenta que existen varios itinerarios es importante considerar lo siguiente:
TRAMITACIÓN DE VISADOS para pasajeros de MSC Cruceros que embarquen/desembarquen en cualquier aeropuerto o puerto de los Emiratos Árabes Unidos:
Visado de Entrada Múltiple (MV)
Todos los pasajeros que lleguen en avión a Dubái/Abu Dhabi o en cualquier otro aeropuerto de EAU para embarcar o hacer una noche pre-crucero, deberán presentar un visado en vigor en el momento de facturar en sus propios países. Las aerolíneas denegarán el embarque a aquellos pasajeros que no posean un visado válido para EAU. La validez del visado es de 60 días a partir de la fecha de expedición, plazo que los pasajeros tendrán que tener en cuenta a la hora de solicitar su visado, ya que el MV (Visado de Entrada Múltiple) tiene una validez de 30 días a partir de la fecha de la primera entrada en los EAU. Este MV puede ser utilizado las veces que se desee para entrar y salir de los EAU a través de cualquier aeropuerto o puerto. Ten en cuenta que este MV será emitido sólo para los pasajeros de MSC Cruceros y se deberá adjuntar a la solicitud de visado la confirmación de la reserva de MSC Cruceros con el itinerario. Los agentes pueden denegar las solicitudes de los visados en los casos que no cumplan los requisitos anteriores.
El plazo habitual que requiere obtener el MV es de hasta 21 días antes de la llegada a los EAU. Podrán aplicarse cargos adicionales en el caso de solicitudes recibidas con menos de 21 días antes de la llegada (información y costes actualizados a febrero de 2016). Una vez enviada la petición el proceso puede tardar 7 días hábiles o más, dependiendo de la nacionalidad. Sharaf Tours LLC, asistente en tierra para MSC Cruceros, no se responsabilizará de eventuales retrasos causados por el Departamento de Inmigración de los EAU.
El coste del MV es de 90 USD por visado.
Países con limitaciones
Cualquier pasajero que tenga un pasaporte israelí no podrá obtener un visado para entrar en los Emiratos Árabes. Todos los pasajeros en posesión de un pasaporte de Somalia, Irak, Yemen, o los pasajeros con nacionalidad de Palestina están sujetos a una autorización especial y a una autorización de seguridad. No se ejercerá discriminación alguna contra los pasajeros de otras nacionalidades que dispongan de un visado israelí o con sellos en sus pasaportes correspondientes a visitas anteriores. No se hará ningún reembolso si se presenta una solicitud para el visado y es rechazado por las autoridades.
Ten en cuenta que todos los pasajeros que necesiten un visado expedido de forma anticipada, ya sea como parte del crucero o por una reserva hecha de forma independiente, deberán enviar sus solicitudes de visado a visa@sharaftours.com con copia a visa@sharaftours.com.
Los detalles de contacto para cualquier asunto relacionado con el visado son:
Nombre: Sr Jeyaraj Sudhagaran
Teléfono: + 9714- 4.060.319 - +971 4 4060186
Horario fuera de oficina: +971 55-9.398.954
DOCUMENTOS NECESARIOS PARA LA SOLICITUD DEL VISADO
1. SOLICITUD IMPRESA DEL VISADO debidamente cumplimentada (una por cada pasajero) con toda la información requerida
2. UNA FOTO EN COLOR TAMAÑO CARNET (4,3 cm x 5,5 cm)
3. FOTOCOPIA EN COLOR DEL PASAPORTE (incluyendo la página de enmiendas si el pasaporte incluye a los hijos)
4. PÁGINA DE VALIDEZ DEL PASAPORTE (si la validez del pasaporte ha sido ampliada)
5. ÚLTIMA PÁGINA DEL PASAPORTE (sólo para pasajeros con nacionalidad india)
El pasaporte y las fotos deben ser enviados en formato JPEG.
El pago de la cuota debe hacerse con tarjeta de crédito o transferencia bancaria (los detalles y el formulario serán proporcionados por el agente de la recepción con una solicitud de visa) directamente al agente designado y antes de la tramitación de visados. En caso de que el pasajero cancelara el crucero, por cualquier razón, el coste de los visados ya solicitados no será reembolsado. Una vez se conceda el visado, el agente se lo enviará directamente al solicitante por e-mail. Los pasajeros deben imprimir una copia del visado, que será válida tanto para el check-in del vuelo como para la entrada a los Emiratos Árabes Unidos por puerto o aeropuerto.
Información relativa al visado para Omán:
A la llegada a Omán, se emitirá un visado de 24 horas a todos los pasajeros del crucero. Cualquier pasajero que desee permanecer más de 24 horas en Omán, debe seguir los procedimientos de solicitud de visados pertinentes.
Recordamos que los titulares de pasaportes israelíes y de Bangladesh no están autorizados a entrar en el país durante la escala en Omán. No se hará discriminación a los pasajeros de cualquier nacionalidad con un visado israelí o estampa evidente en su pasaporte relativas a visitas anteriores. Para tu orientación, por favor consulta la
web oficial del gobierno de Omán
Información relativa al visado para Bahréin:
A la llegada a Bahréin, se emitirá un visado de 24 horas a todos los pasajeros del crucero. Cualquier pasajero que desee permanecer más de 24 horas en Bahréin, debe seguir los procedimientos de solicitud de visados pertinentes. No se hará discriminación a los pasajeros de cualquier nacionalidad con un visado israelí o estampa evidente en su pasaporte relativas a las visitas anteriores. Para tu orientación, por favor consulta la web oficial del gobierno de Bahréin.
Información relativa al visado para Qatar:
A la llegada a Qatar, se emitirá un visado de 24 horas a todos los pasajeros del crucero. Cualquier pasajero que desee permanecer más de 24 horas en Qatar, debe seguir los procedimientos de solicitud de visados pertinentes. No se hará discriminación a los pasajeros de cualquier nacionalidad con un visado israelí o estampa evidente en su pasaporte relativas a las visitas anteriores. Para tu orientación, por favor consulta la web oficial del gobierno de Qatar.
Toda la información proporcionada puede estar sujeta a cambios y es válida a fecha 15 de febrero de 2016. Para obtener la información más actualizada, por favor ponte en contacto con las embajadas o consulados pertinentes.
Información relativa a Egipto (Canal de Suez)
No se hará escala en el Canal de Suez, siendo sólo un tránsito. No se requiere un visado específico.
Información relativa a Jordania (Áqaba)
A todos los pasajeros en tránsito se les podrán un sello en el pasaporte una vez llegados a Áqaba; no se requiere un visado específico.
Nota importante para el tránsito en Jordania, Qatar, Omán y Bahréin: las autoridades locales de inmigración, para realizar un control más exhaustivo, pueden solicitar una entrevista personal con algunos pasajeros y autorizar o, en algunos casos, denegar la entrada en el país. Si esto ocurriera, los pasajeros podrán esperar a bordo hasta la siguiente escala.
Asia: puertos de tránsito
India: Los pasajeros deben disponer de un pasaporte con una vigencia mínima de 6 meses cuando lleguen a un puerto de la India. Se requiere visado de turista antes del embarque. El visado es válido por 6 meses desde la fecha de emisión y los pasaportes deben tener 2 páginas en blanco adicionales (I / D) disponibles para la Embajada. Para información más detallada, visita el sitio web oficial de la Embajada de la India
http://www.embassyindia.es o busca a través de
https://embassy-finder.com/es/ en la sección “Embajadas de la India en los países cercanos” o “embajadas indias en el mundo”. (Ten en cuenta que un visado de tránsito no es aplicable, ya que sólo puede ser solicitado y emitido a partir de 15 días antes de la fecha de llegada a cualquier puerto de la India.) El visado emitido para el primer puerto indio es válido también para un segundo puerto, si fuera consecutivo. Para más detalles, visita
http://www.embassyindia.es o
https://embassy-finder.com/es/. El visado de tránsito expedido por las Autoridades locales es válido únicamente para tránsito aéreo y no se aplica a puertos de destino o salida.
Cruceros con tránsito en Sri Lanka, Malasia: los pasajeros deben disponer de un pasaporte con al menos 6 meses de validez; sin embargo, no se requiere visado local.
Tailandia, Singapur: los pasajeros procedentes de países donde se requiere visado no estarán autorizados a desembarcar si carecen del mismo. En Tailandia, el visado se puede obtener a la llegada por un coste de 45 USD por pasajero, aproximadamente. La tarifa está actualizada a febrero de 2016 y está sujeta a posibles modificaciones. Con respecto a Singapur, el visado debe conseguirse antes de la llegada. No está contemplada su expedición en destino.
Cruceros con tránsito en Vietnam: los pasajeros deben tener un pasaporte con al menos 6 meses de validez y un visado, que se puede obtener en destino, por un coste aproximado de 40 USD.
Cruceros con tránsito en China: se requiere visado de turista antes de la llegada. Se recomienda disponer de un visado que de derecho a dos entradas.
Sudáfrica
Si viajas desde / hacia Sudáfrica con niños menores de 18 años, ten en cuenta que se han introducido recientemente nuevas regulaciones. Para obtener más información, consulta los siguientes sitios web:
Para cada niño, los padres deben llevar un certificado de nacimiento íntegro (Inglés / bilingüe) expedido por una oficina o agencia autorizada. Por favor, ponte en contacto con tu Embajada de Sudáfrica más cercana o Consulado para tener tu certificado(s) validado para viajar. Ten en cuenta que estas normas se aplican a los viajeros de todas las nacionalidades, incluidos los titulares de pasaportes
sudafricanos.
Para escalas en Reino Unido e Irlanda:
Reino Unido:
Los pasajeros de la Unión Europea deben presentar su pasaporte con validez mínima de 6 meses antes de la entrada en Reino Unido. El documento nacionalidad de identidad (DNI) no es aceptado para entrar en Reino Unido, ni siquiera para aquellos pasajeros que quieran permanecer a bordo del barco (sin bajar a tierra). Los pasajeros de otros países deben verificar con la UKBA (Agencia Fronteriza del Reino Unido) si pueden viajar en tránsito bajo el programa de exención de visa o si necesitan un visado para el Reino Unido antes del embarque. En ausencia de visa antes del embarque, la visita en tránsito o permanecer a bordo del barco durante un puerto de escala del Reino Unido sin desembarcar no está autorizada y los pasajeros deben desembarcar en el puerto anterior. La concesión de Visa a la llegada para las nacionalidades seleccionadas es válida solo en caso de tránsito dentro de las 24 horas. En el caso de dos o más puertos consecutivos en el Reino Unido, se requiere obligatoriamente un visado antes del embarque (negra y roja) que se detallan
aquí.
Cualquier información incorrecta o documentación incompleta puede ocasionar que se te niegue el embarque o desembarque en Reino Unido. Cualquier visa debe organizarse de forma autónoma antes del crucero
Irlanda:
Los pasajeros de la Unión Europea pueden utilizar su propio pasaporte o documento equivalente válido. Los pasajeros de otros países necesitan pasaporte con una validez mínima de 3 meses a la fecha final del crucero y deberán comprobar su idoneidad en el Programa Irlandés de Exención de Visado para Estancias de Corta Duración (válido solo si se llega desde puertos del Reino Unido, excepto los puertos de las Islas del Canal e Irlanda del Norte). Para más información visitar la web
http://www.inis.gov.ie. Las nacionalidades que figuran en el enlace
http://172.16.50.98:82/en-gl/Assets/Irish-Naturalisation-Immigration-Service.pdf deben estar provistas de Visa irlandesa expedida previamente, ya que no se les permitirá permanecer en el barco durante las escalas de cualquier puerto irlandés.
En ausencia de visa antes de embarcar, no está autorizado visitar el barco durante el puerto de escala sin ir a tierra, y los pasajeros deben desembarcar en el puerto anterior. En ausencia de los documentos requeridos, los clientes no podrán embarcar en sus puertos de origen reservados o permanecer a bordo del barco. Incluso en caso de posesión de un permiso de residencia europeo / Schengen, todos los clientes involucrados deben cumplir con las reglas relacionadas con su pasaporte de origen.
Groenlandia: Para viajar a Groenlandia son necesarios algunos requisitos de visados y pasaporte. Debese asegurarte que dispones de los siguientes documentos:
- Un pasaporte con una válidez mínima de 3 meses es necesario para embarcar a bordo y será comprobado por los oficiales de inmigración al embarcar al crucero.
- Dependiendo del país, será necesario una visa para desembarcar del crucero en los puertos de Groenlandia.
Comprueba la lista de países con un requisito de visa y países sin visa haciendo click
aquí.
Cualquier información incorrecta o documentación incompleta puede ocasionar que se te niegue el embarque o desembarque en Groenlandia. Debes tener en cuenta que cualquier visa debe organizarse de forma autónoma antes del crucero.
Te recomendamos que verifiques la información exclusiva de tu viaje con la embajada correspondiente antes de viajar. Para más información haga click
aquí.
Japón: Desde el 7 de enero de 2019, las autoridades japonesas cobran un impuesto turístico de 1.000 yenes (JPY) a todos los pasajeros que salgan de Japón por mar o aire. El importe de 1000 JPY será cobrado directamente a bordo de los barcos que paren en puertos japoneses y convertido a dólares americanos ($) según la tasa de cambio del día de salida. MSC entregará un recibo durante el crucero. Además, esta información estará disponible en la confirmación de la reserva y en el billete.
Exenciones: miembros de la tripulación, niños menores de 2 años y aquellos pasajeros que hayan tenido que desembarcar en Japón por causas meteorológicas o de fuerza mayor.
Caribe/Antillas: Embarque/Desembarque desde territorios franceses Los pasajeros de la Unión Europea pueden viajar con un documento de identidad válido (el documento de identidad francés cuya renovación es automática no será aceptado). Recomendamos encarecidamente utilizar un pasaporte con 3 meses de validez en caso de interrupción del viaje en cualquiera de las islas de tránsito donde el único documento aceptado sea el pasaporte.
Los pasajeros no europeos sometidos al visado Schengen tienen que solicitar la ampliación del mismo, válido también para los territorios franceses de ultramar.
El visado estadounidense es aceptado en algunos casos para el embarque. Para más información, contacta con nuestro departamento de reservas.
Embarque / Desembarque en otros territorios: se requiere pasaporte. Se aplicarán las normas de Visado de acuerdo con las autoridades locales de inmigración.
Cuba: por favor, haz
click aquí para conocer los documentos, requisitos obligatorios e información importante para viajar a este destino.
Israel
Los pasajeros en tránsito pueden recibir un visado de entrada a su llegada; algunas nacionalidades deben pagar los gastos del visado; existen restricciones de entrada aplicables a algunas nacionalidades. Para más información, contacta con nuestro departamento de reservas.
Croacia, Montenegro
Los pasajeros europeos pueden transitar con su documento de identidad. Los pasajeros no europeos que no están sujetos a las normas del visado Schengen pueden transitar con su pasaporte. Todos los demás pasajeros no europeos con visados Schengen válidos son admitidos en los países afectados, incluso sin un visado local específico.
Rusia
San Petersburgo y Sochi:
Los pasajeros en tránsito pueden participar en las excursiones organizadas por MSC y entrar al país sin necesidad de solicitar una visa rusa. A partir del 1 de octubre de 2019, algunos pasajeros de cruceros que visiten San Petersburgo (Rusia) pueden hacerlo con una visa electrónica, disponible solo para algunas nacionalidades, que debe ser solicitada antes del crucero. Consulte la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores de la Federación de Rusia para obtener toda la información, incluidas las nacionalidades, los plazos y los procedimientos para obtener la visa electrónica. Alternativamente, el procedimiento actual sigue vigente: todos los pasajeros que visiten San Petersburgo con una excursión organizada de MSC Cruceros no necesitan visa y se podrán beneficiar de las ventajas habituales de todas las Excursiones de MSC (asistencia directa durante la excursión, seguro, desembarque prioritario, etc.). Nuestro servicio de atención al cliente está disponibles para responder cualquier duda información adicional.
Bulgaria, Rumanía
Los pasajeros europeos pueden viajar con su pasaporte. Los pasajeros no europeos que no estén sujetos a las normas del visado Schengen pueden transitar con su pasaporte. Todos los demás pasajeros no europeos con los visados Schengen válidos son admitidos en los países afectados, incluso sin un visado local específico.
Puertos del Área Schengen
Por favor, consulta el itinerario de tu crucero. Para cruceros en el área de Schengen, los pasajeros de la Unión Europea necesitarán un pasaporte válido o el documento de identidad. Todos los demás pasajeros necesitarán pasaporte y/o visado de entrada Schengen o un Permiso de Residencia expedido por cualquier país de la Unión Europea o del Tratado Schengen. Los Permisos de Residencia en trámites de renovación no se considerarán válidos para viajar al extranjero. Para cruceros que incluyen uno o más puertos no Schengen, es necesario el pasaporte y visado de entrada múltiple, a menos que se indique expresamente.
La información anterior puede estar sujeta a posibles cambios sin previo aviso; es meramente explicativa y no legalmente vinculante. Consulta con las autoridades locales (embajadas, consulados, etc.) para verificar la exactitud de esta información y cualquier otro detalle que puedas necesitar.